
UGT tiene entre sus objetivos prioritarios asegurar el acceso al empleo de las trabajadoras en igualdad de condiciones, y promover la corresponsabilidad entre mujeres y hombres en materia de responsabilidades familiares mediante políticas públicas que establezcan un estándar suficiente de derechos universales.
Para ello, entre otras medidas, defendemos:
Garantizar la aplicación efectiva de la L.O 3/2007 para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres en el ámbito laboral.
Garantizar el empleo y las condiciones de trabajo frente a las actuaciones empresariales que supongan represalias contra las trabajadoras y trabajadores por el ejercicio legítimo de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Recoger expresamente en los convenios colectivos la especial protección legal frente al despido, así como frente a otros actos discriminatorios en el acceso al empleo o en las condiciones de trabajo, durante el periodo de embarazo, posparto o lactancia. Así como de trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares.
Equiparación de los permisos de maternidad y paternidad, con el aumento progresivo de
disfrute real por parte de los progenitores varones, incentivando la corresponsabilidad.
Garantizar la retribución total o parcial de los permisos por cuidado de hijos e hijas, en línea con las propuestas presentadas por la CES, en el marco del Diálogo Social Europeo para la reforma de la Directiva 96/34 de Permisos Parentales.
Considerar como cotizado la totalidad del tiempo de disfrute de los permisos y
excedencias por cuidado de descendentes y de otros familiares, incluyendo la cotización por desempleo.
Individualizar el permiso de lactancia, eliminando su atribución directa a la mujer
trabajadora.
Elevar a tres años la reserva del puesto de trabajo para las excedencias por cuidado de hijos. Equiparar la duración y la reserva de puesto de trabajo de las excedencias por cuidado de familiares con las excedencias por cuidado de hijos. Establecimiento, en su caso, de prestaciones económicas para trabajadores y trabajadoras con hijos
hospitalizados por enfermedad de larga duración.
Elevar a 12 años la edad máxima del menor, en los casos de reducción de jornada por
guarda legal de menores.
Hacer efectivo el derecho a la adaptación de la duración y distribución de la jornada para hacer efectiva la conciliación de la vida familiar, personal y laboral.
Hacer efectivo el derecho a ausentarse del trabajo, por motivos familiares urgentes en caso de enfermedad o accidente, en línea con lo establecido en la Directiva del permiso parental.