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miércoles, 16 de junio de 2010

Reducciones de Jornada por Guarda Legal


La reducción de jornada por cuidado de familiares se encuentra
recogida en el artículo 37.5 Estatuto de los Trabajadores que establece
que “quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado
directo algún menor de 8 años o a una persona con discapacidad
física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida,
tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo,
con disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo
y un máximo de la mitad de duración de aquélla.

Para acceder a la guía completa, sigue el enlace.
http://www.ugt.es/Mujer/artemisa/folletoartemisa_2010.jpg.pdf