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miércoles, 14 de abril de 2010

Licencia Retribuida por Parto de tu Hija


Reciente Sentencia del TRIBUNAL SUPREMO, pone claramente de manifiesto que en aquellos partos en que exista hospitalización de la parturienta, dan derecho a licencia a los familiares de hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad, aunque se trate de un parto normal y sin complicaciones.

Siendo esta sentencia de aplicación para todas las empresas que apliquen el convenio colectivo de Grandes Almacenes.

NO EXISTE NINGUNA DUDA INTERPRETATIVA